Asamblea Nacional respalda el Convenio Energético Binacional Venezuela–Estados Unidos
Septiembre 2026
Resumen Ejecutivo
El 1° de septiembre de 2026 fue publicado en la Gaceta Oficial No. 43.449 el “Acuerdo en respaldo al Convenio Energético Binacional entre la República Bolivariana de Venezuela y los Estados Unidos de América”, mediante el cual la Asamblea Nacional respalda formalmente dicho Convenio como un instrumento estratégico destinado a contribuir a la recuperación económica de Venezuela, atraer inversiones de capital e impulsar el desarrollo tecnológico y productivo en el mediano y largo plazo.
El Acuerdo plantea expresamente un modelo de complementariedad en el cual Venezuela aporta su potencial energético, infraestructura, posición geográfica y experiencia de su fuerza laboral, mientras que la contraparte internacional aporta tecnología y financiamiento.
Desde la perspectiva de inversión, la publicación constituye una señal relevante de política energética e institucional. El texto evidencia respaldo a una mayor participación de capital, tecnología y cooperación energética internacional —particularmente de los Estados Unidos—, preservando al mismo tiempo la soberanía venezolana y la propiedad estatal sobre los recursos de hidrocarburos.
Aspectos Clave
- Respaldo institucional a la cooperación energética Venezuela–EE.UU.
La Asamblea Nacional respalda formalmente el Convenio Energético Binacional, calificándolo como un instrumento estratégico de alto impacto para la recuperación económica, la atracción de inversiones de capital y el desarrollo tecnológico-productivo del país. - Tecnología y financiamiento como elementos centrales.
El texto identifica expresamente la complementariedad entre las capacidades venezolanas y la participación internacional: Venezuela aporta recursos energéticos, infraestructura, ubicación geográfica y experiencia laboral, mientras que la contraparte internacional aporta tecnología y financiamiento. Este elemento resulta particularmente relevante para operadores, empresas de servicios petroleros, proveedores de tecnología, compañías de ingeniería e inversionistas estadounidenses interesados en Venezuela. - Inversión y generación de ingresos.
La Asamblea Nacional señala que el Convenio supone para Venezuela una importante proyección de ingresos, de acuerdo con los supuestos económicos, fiscales y productivos aplicables durante la vigencia del proyecto. - Se mantiene expresamente la soberanía sobre los hidrocarburos.
El esquema debe preservar de manera irrenunciable la propiedad y soberanía de la República sobre los yacimientos y recursos naturales. Asimismo, se enfatiza la transparencia en materia de producción, inversión e ingresos y el cumplimiento de la Constitución y de la legislación de hidrocarburos. - Relevancia del régimen fiscal y operativo.
El Acuerdo ratifica que las condiciones fiscales y operativas deben procurar una distribución justa de los ingresos, manteniéndose la propiedad estatal sobre los recursos. Por ello, cada proyecto deberá analizarse conjuntamente con el régimen contractual, fiscal y regulatorio venezolano aplicable.
Evaluación de ENTRA
Resulta especialmente significativo que el documento identifique expresamente la necesidad de inversiones de capital a gran escala, tecnología de vanguardia y financiamiento internacional para desarrollar el potencial energético venezolano.
Este marco puede favorecer oportunidades en áreas tales como rehabilitación y desarrollo de campos, servicios petroleros, ingeniería e infraestructura, optimización de producción, incorporación y transferencia de tecnología, así como estructuras de inversión y financiamiento.
No obstante, la publicación no debe interpretarse como una autorización autónoma para realizar una transacción o actividad específica. La Gaceta Oficial contiene el Acuerdo de respaldo de la Asamblea Nacional, pero no reproduce el texto completo del Convenio Energético Binacional. En consecuencia, cada proyecto deberá evaluarse conforme al régimen venezolano de hidrocarburos, sus requerimientos contractuales y fiscales y las regulaciones y sanciones estadounidenses aplicables.
Conclusión: El Acuerdo constituye una importante señal institucional venezolana a favor de ampliar la cooperación energética bilateral con Estados Unidos, colocando a la tecnología, el financiamiento y la inversión privada estadounidense como componentes relevantes de la reactivación energética de Venezuela, sin modificar el principio de soberanía y propiedad estatal sobre los recursos de hidrocarburos.



